La Santa Hermandad de Ciudad Real

CIUDAD REAL EN LA EDAD MODERNA

LA SANTA HERMANDAD DE CIUDAD REAL

La Santa Hermandad Vieja ha constituido uno de los mitos más asentados de la historia de Ciudad Real, tanto en el plano de la opinión popular, como en la interpretación de la historiografía erudita local decimonónica, predominando la idea de una institución beneficiosa para la ciudad, al vincularla con exclusividad a funciones de policía de caminos, persecución de delincuentes, etc., aspectos muy en sintonía con la ideología de los eruditos locales.

Son muchas las hipótesis sobre los orígenes y precedentes de la Hermandad; lo cierto es que hacia el siglo XIII ya estaba plenamente establecida, aunque su mayor esplendor lo alcanzó en los siglos XIV y XV. El origen de la primitiva Hermandad (o Hermandad Vieja) fue la unión de los colmeneros de Toledo en defensa de sus propiedades; posteriormente se sumaron las Hermandades de Ciudad Real y Talavera. Tuvo carácter, pues, de asociación casi gremial, aunque muy pronto quedó vinculada a funciones de policía en el ámbito rural con amplísimas competencias judiciales. Pero, durante unos años, la hermandad más activa y eficaz será la Hermandad Nueva creada por los Reyes Católicos. La Santa Hermandad vieja ciudarrealeña llevará en los tiempos modernos una vida lánguida siempre en referencia a un pasado brillante.

Como institución de policía de caminos y campos la Hermandad gozó de amplias facultades heredadas de las cartas de privilegio de la baja edad media, singularmente de las prerrogativas de Juan II que obligó a las justicias a que colaboraran y permitieran a la Herman-, dad detener en cualquiera jurisdicción. Dentro de la jurisdicción de la Hermandad se entendían todos los delitos cometidos en los campos, salvo los de escasa significación («los que no tenían más cuerpo que palabras livianas»); esto es, delitos contra la propiedad realizados en descampado o con los delincuentes huidos a campo abierto, incendios de pastos y cultivos, fuerzas, heridas o muerte, en despoblado, salteamiento de caminos, afrentas y agresiones a oficiales de la Hermandad, etc. Sin embargo, tan amplias facultades se vieron mermadas con la disolución de la Hermandad Nueva; desde ese momento la Hermandad de Ciudad Real (como sus hermanas de Toledo y Talavera) vieron limitadas sus actuaciones a las jurisdicciones propias. De hecho, durante los siglos XVI al XVIII el Consejo de Castilla siempre insistió en que dichas facultades sólo podría ejercitarlas «en los montes y términos de la dicha Hermandad», o bien de aquellos que habiendo delinquido fuera transitaran por jurisdicción de la Hermandad.

Como instancia judicial los alcaldes tuvieron la facultad de juzgar «a prevención» todos aquellos delitos cometidos en despoblado o específicamente incluidos en las ordenanzas. En la época moderna la Hermandad se caracterizó por un especial celo contra las comunidades gitanas. Según la real cédula de los Reyes Católicos de 1494, las sentencias podían apelarse ante el cabildo de la Hermandad y, en segunda instancia, ante el Consejo, prohibiéndose acudir a los corregidores u otras instancias de la jurisdicción ordinaria. En la práctica, sobre todo en el siglo XVIII, las apelaciones nunca se efectuaron ante el Consejo de Castilla sino ante la Chancillería de Granada. Fueron frecuentes las colisiones entre las jurisdicciones de la Hermandad, las ordinarias y específicas (Mesta).

La Hermandad de Ciudad Real ha quedado históricamente vinculada a la espectacularidad en la ejecución de sus sentencias; sin embargo, la fórmula de ejecución de la pena capital por asaetamiento fue abolida muy pronto por Carlos I (1532), siendo sustituida por la horca. Ciertas prácticas de singular rudeza, como consumir a los penados en jaulas situadas en Peralbillo, son excepcionales pero refuerzan la leyenda popular. Más frecuentes fueron las condenas a galeras, a partir, sobre todo, de la época de Felipe II, a las minas arsenales, especialmente en el siglo XVIII, el destierro y los azotes. Pero el grueso de las sentencias acababan con frecuencia en la multa; ello nos lleva a un aspecto capital y que confirma la decadencia de la institución en la época moderna: la Hermandad careció de una hacienda saneada, reducida a menguados ingresos producidos por la renta de asadura, o impuesto sobre el ganado que atravesara la jurisdicción de la Hermandad, y las rentas de algunas propiedades. De hecho en el siglo XVII el Consejo de Castilla declaró que los salarios de los cargos y oficios de la Hermandad se percibieran «de los dichos culpados receptadores y encubridores de ellos, y de sus bienes y haciendas».

Reja de la Casa de la Santa Hermandad, situada en la calle de la Libertad   Reja de la Casa de la Santa Hermandad, situada en la calle de la Libertad

Pese a su evidente decadencia, la Hermandad gozó de cierto predicamento en la sociedad ciudarrealeña de la época moderna, como lo prueba el deseo de muchos de incorporarse a su aparato institucional, quizá como medio de ascenso o relevancia social, quizá también por ventajas fiscales; gozaron, por privilegio de Felipe V, del uso de armas de fuego. Los Reyes Católicos les éximieron de pagar ciertos tributos y estaban excluidos de ciertas prestaciones personales en el concejo y en los sorteos militares. Ello explica la abundancia de títulos de cuadrilleros de la Hermandad; además, por los requisitos exigidos -limpieza de sangre, buena fama personal y familiar, no haber ejercido oficios viles, etc.-, dichos títulos se convirtieron en un salvoconducto social valiosísimo. Si la Hermandad pervivió durante la época moderna fue debido a que, pese a sus abusos, corruptelas e ineficacia, la monarquía no pudo sustituirla por otra organización similar. Además, aunque fuera de Toledo, Talavera y Ciudad Real había constituido un rotundo fracaso, en sus jurisdicciones imponía un cierto orden y seguridad, con escaso o nulo gasto para el estado. El declive definitivo comenzó en la época de Carlos III al dictarse normas muy estricta sobre actuaciones, ámbito jurisdiccional y títulos de cuadrilleros (Auto Acordado de 1762). Desde ese momento la crisis de la Santa Hermandad es imparable como consecuencia del intervencionismo borbónico; a principios del siglo XIX quedó reducida a una institución honorífica. La desaparición histórica se produjo con ocasión del Decreto de 7 de mayo de 1835.

Ermita de Peralbillo   Ermita de Peralbillo, según acuarela de jerónimo López-Salazar. En esta aldea de Miguelturra tuvo la Santa Hermandad un terreno para ejecutar sus sentencias de muerte, situado junto al camino de Toledo a Córdoba, donde los cuerpos de los delincuentes ejecutados eran expuestos como ejemplo de una justicia rápida.